12.1. ¿Cómo se calculan las unidades?
Cada unidad corresponde a un valor máximo total de 3.690,00 €, con un beneficio anual máximo de 369,00 €.
El cálculo de la donación anual se realiza sobre los beneficios de la ACTIVIDAD, tomando como referencia hasta un 10% máximo de dichos beneficios, siempre que Konóccete decida de forma voluntaria realizar reparto ese ejercicio.
👉 Ejemplo práctico (si se reparte el 10% de beneficios):
Si el 10% de los beneficios es de 500.000,00 €, la distribución es:
500.000,00 € ÷ 5.000 unidades = 100,00 € por unidad.
Un miembro con 20 unidades recibe en este ejemplo 2.000,00 € (20 × 100,00 €).
Un miembro con 200 unidades recibe en este ejemplo 20.000,00 € (200 × 100,00 €).
⚠️ Si el porcentaje repartido fuese menor (5%, 1% o 0%), el valor de cada unidad se ajusta proporcionalmente.
12.2. ¿Cuál es el beneficio máximo anual y total por unidad?
Anual máximo: 369,00€ por unidad.
Total máximo acumulado: 3.690,00 € por unidad.
12.3. ¿Qué pasa si no firmo el contrato inicial de aceptación de estas Bases?
La firma del
Contrato de Aceptación de Bases – Club Fundador es imprescindible para ser miembro del
Club Fundador.
Si el
DONATARIO no lo firma en el plazo establecido, pierde automáticamente la condición de miembro y las unidades asignadas quedan anuladas, sin derecho a reclamación alguna.
12.4. ¿He comprado las unidades del Club Fundador?
No. Las unidades fueron un regalo de
Konóccete, asignado de manera gratuita y discrecional como reconocimiento a tu implicación en la creación de la comunidad y/o a la adquisición de formaciones iniciales a coste simbólico.
Los importes abonados en su día correspondieron únicamente a servicios formativos, nunca a la compra de unidades.
12.5. ¿Es obligatorio el reparto de beneficios cada año?
No. Se trata de una donación voluntaria y discrecional de
Konóccete, que puede realizarse en función de su situación y disponibilidad de la
ACTIVIDAD.
12.6. ¿Qué ocurre si no asisto a la sesión anual?
Pierdes la parte anual asignada, pero el saldo de la unidad se mantiene, excepto el importe correspondiente a ese año, que se descuenta igualmente del saldo global, aun cuando no haya sido efectivamente recibido.
12.7. ¿Qué ocurre si no asisto nunca ni entrego documentación en plazo?
Si el DONATARIO no cumple de forma reiterada con sus obligaciones (asistir a las sesiones, confirmar participación o enviar la documentación en los plazos establecidos), las cantidades correspondientes a cada ejercicio se descuentan igualmente del saldo global de sus unidades, aunque no hayan sido efectivamente percibidas.
Esto puede llevar a que, con el paso de los años, el saldo pendiente por percibir llegue a 0,00 € sin que el DONATARIO haya recibido cantidad alguna.
⚠️ En tal caso, el DONATARIO no tiene derecho de reclamación, ya que las donaciones son voluntarias, discrecionales y condicionadas al cumplimiento de las bases.
12.8. ¿Qué pasa si no firmo el contrato anual en el plazo establecido?
Pierdes el derecho a percibir la donación de ese ejercicio, pero la cantidad asignada se descuenta igualmente de tu saldo global como si la hubieras recibido.
12.9. ¿Qué ocurre con el dinero no percibido por incumplimiento?
El importe no percibido por incumplimiento no genera derecho alguno de cobro para el
DONATARIO afectado y queda en plena y exclusiva disposición de
Konóccete, que puede destinarlo libremente a los fines que considere oportunos, sin que exista obligación de justificar su destino ni posibilidad de reclamación por parte de los miembros
12.10. ¿Puedo vender o transferir mis unidades?
No. Las unidades son estrictamente personales e intransferibles.
No pueden ser vendidas, cedidas, heredadas, donadas ni sustituidas bajo ninguna circunstancia.
En caso de fallecimiento del miembro, las unidades quedan automáticamente anuladas, sin derecho a transmisión, sustitución o compensación económica de ningún tipo. Esta medida garantiza que el Club Fundador conserve su naturaleza simbólica, personal y limitada exclusivamente a los miembros que participaron en la etapa inicial de creación de la comunidad Konóccete.
12.11. ¿Cómo debo declarar fiscalmente la donación?
Mediante el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), en un plazo de 30 días hábiles desde la recepción.
12.12. ¿Qué pasa si la actividad cierra o entra en concurso?
Las donaciones previstas se suspenden y no son exigibles.
12.15. ¿Puedo reclamar judicialmente el pago de una donación?
En general, la donación es voluntaria y discrecional, y la mera expectativa de recibirla no genera derecho exigible en sede judicial.
⚠️ Sin embargo, si el DONATARIO ha cumplido con todas sus obligaciones (asistencia, documentación y firma en plazo) y existe un Contrato de Donación Anual firmado por ambas partes, Konóccete asume la obligación de pago y, en caso de incumplimiento, el DONATARIO puede reclamar primero por vía amistosa o mediación interna, y en última instancia ante los tribunales, conforme a lo previsto en las Bases.
12.16. ¿Por qué el máximo anual por unidad es de 369,00 €?
El límite de
369,00 € por unidad al año se establece como medida de eficiencia fiscal en favor del
DONATARIO. Al recibir importes más moderados cada ejercicio, se reduce la probabilidad de que se apliquen tipos progresivos más elevados en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
⚠️ Este límite no es acumulable: lo no percibido en un año se descuenta igualmente del saldo global de la unidad, aunque no se haya cobrado efectivamente.